Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III, y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve APROBAR la Sentencia de 25 de abril de 2007, cursante a fs. 232 a 235, pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Cochabamba.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación d y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3. El 27 de octubre de 2006
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Auto de 25 de enero de 2007
- III.2.
- APROBAR