SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
I.2.1. Ratificación d y ampliación del recurso
El abogado del recurrente ratificó íntegramente el recurso y lo amplió indicando que si bien el mandamiento de allanamiento, secuestro, requisa y aprehensión se emitió el 26 de octubre de 2006, el Fiscal recurrido llevó a cabo esa actuación un día antes, lo que demuestra que se han cometido una serie de irregularidades, ya que no existió flagrancia pues el delito está siendo investigado desde hace un par de meses. Aún si se hubiera llevado a cabo la aprehensión el mismo día 26 a la una de la tarde como afirma el Fiscal recurrido, si recién se ejecutó el mandamiento a horas 05:30, se concluye que la Policía Nacional actuó sin el debido respaldo legal o que la fiscalía ejecutó el mandamiento recién en las oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimén (FELCC). En ese entendido, la aprehensión inicial y las tres o cuatro horas que su cliente permaneció privado de libertad, son ilegales. A ello se suma que el mandamiento de aprehensión no lo emitió el investigador asignado al caso y fue ejecutado cuando su cliente ya guardaba detención ilegal. Los hechos descritos fueron reclamados a través de un incidente por defecto absoluto ante el Juez Cautelar, quien lo rechazó sin hacer ninguna disquisición en relación al arresto inicial, entendiendo que la aprehensión se realizó el 26 de octubre del 2006.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación d y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3. El 27 de octubre de 2006
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Auto de 25 de enero de 2007
- III.2.
- APROBAR