SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2007-R

Fecha: 07-Ago-2007

I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

A solicitud del Magistrado Relator por requerir de documentación complementaria para un mejor análisis y resolución del recurso, la Comisión de Admisión de este Tribunal, mediante AC 274/2007-CA de 1 de junio (fs. 237 a 238), solicitó a la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del distrito Judicial de Cochabamba, remita a este Tribunal en fotocopias legalizadas la siguiente documentación: Resolución fundamentada del Fiscal para ordenar la aprehensión del recurrente conforme al art. 226 del Código de Procedimiento Penal, el Acta de audiencia de medidas cautelares en la que se ordena la detención preventiva del recurrente y el memorial en el que se solicita incidente de nulidad, disponiéndose la suspensión del plazo. Ante el incumplimiento en el envío de la documentación solicitada, se conmino a dicha autoridad mediante decreto de 4 de julio de 2007. Recibida la documentación  solicitada, por decreto de 19 de julio de 2007 se reanudó el cómputo del plazo.

A solicitud del Magistrado Relator por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979 de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional 140/07 de 24 de julio de 2007, se procedió a ampliar el plazo procesal en la mitad del término principal, siendo la fecha de nuevo vencimiento el 8 de agosto de 2007, por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.