Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0681/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
II.2.
II.2. A horas 11:00 del 5 de mayo de 2007, el Fiscal recurrido formuló imputación en contra de la recurrente y Roberto Carlos Ramírez Portiño (su hijo), por la presunta comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley 1008, con relación al art. 33 inc. m) de la misma ley, dando al mismo tiempo aviso sobre el inicio de la investigación (fs. 25 a 28 y vta.). La recurrente fue notificada con la imputación el mismo día a horas 8:30 (fs. 28 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 9
- la subsidiariedad excepcional que rige a esta línea jurisprudencial, únicamente es aplicable cuando existe al menos una denuncia o investigación penal abierta contra esa persona, o que al momento de su aprehensión se lo haya sorprendido en la comisión de un delito flagrante
- III.3.
- III.4.
- art
- III.5.
- APROBAR