Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0704/2007-R
Fecha: 14-Ago-2007
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 29 de enero de 2007, Exaltación Melquiades Sandoval Quispe y Nery Bedriñana Gutiérrez solicitaron la cesación de su detención preventiva, amparados en el art. 239 inc. 3) del CPP (fs. 3 a 4). Por Resolución 018/2007 de 10 de febrero, el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz rechazó por improcedente la solicitud de cesación de detención preventiva (fs. 31 a 33). Impugnada dicha Resolución, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior la confirmó, a través del Auto 54/2007 de 19 de marzo (fs. 37).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3.
- 1.
- 2.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no existían recursos ulteriores;
- III.2.
- III.3. La consideración de las solicitudes de modificación de medidas cautelares en audiencia
- III.4. El caso analizado
- Fragmento 18
- con la mayor celeridad posible y en audiencia