SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2007-R
Fecha: 14-Ago-2007
i)
La Jueza Tercera de Partido de Familia recurrida, presentó informe escrito (fs. 24 y vta.) manifestando lo siguiente: i) El representado del recurrente durante la tramitación de la causa formuló un incidente de nulidad de citación con la liquidación de asistencia familiar adeudada para sus tres hijos menores de edad y contra quien se libró mandamiento de apremio por no haber cumplido con la citada asistencia; ii) El incidente se resolvió mediante Auto de 2 de mayo de 2007, negándose la reposición solicitada, toda vez que el acto de la notificación cumplió con su cometido que era hacer conocer a la parte el acto procesal; es decir, la liquidación de la asistencia familiar que es de cumplimiento obligatorio y oportuno; y iii) No existió vulneración de ningún derecho ni garantía del defendido del recurrente, que lo único que pretende es evadir el cumplimiento de su obligación con relación a sus hijos. Por lo expuesto solicitó que se declare improcedente el recurso planteado.