SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2007-R

Fecha: 14-Ago-2007

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso declaró procedente el hábeas corpus, con los siguientes fundamentos: 1) Si bien lo reclamado tiene relación directa con las formas del proceso de divorcio del representado del recurrente y por lo tanto la problemática tiene que ver con un amparo constitucional; sin embargo, al tener aquello una relación directa con el derecho a la libertad de locomoción, corresponde ingresar a la consideración de fondo de la petición; 2) El defendido del recurrente al presentar la contestación de la demanda señaló domicilio procesal específico; en consecuencia, a partir de ello las notificaciones con las resoluciones previstas en el art. 137.I del Código de Procedimiento Civil (CPC) deberían practicarse en el domicilio procesal señalado, conforme lo determina el parágrafo II de la referida norma, pero fue notificado en otro domicilio distinto con la liquidación de asistencia familiar y con el emplazamiento para su pago, lo que incidió en el derecho a la libertad de locomoción del citado, en razón a que como efecto de esa diligencia que no llegó a conocimiento del obligado, la Jueza recurrida libró los mandamientos de apremio, vulnerándose el citado derecho, no obstante que la anomalía procesal fue reclamada oportunamente, reclamo que fue negado por la Jueza recurrida.