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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0708/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0708/2007-R

    Fecha: 14-Ago-2007

    II.3.

    II.3.  El 15 de diciembre de 2006, el Comité Ejecutivo de la COD acreditó y reconoció al sindicato “Casegural” Santa Cruz, integrado entre otros por los recurrentes y solicitó resolución ministerial para este fin (fs. 72 a 73); igual solicitud la efectuaron los mismos recurrentes el 8 de enero de 2007 y el Comité Ejecutivo de “Fensegural” (fs. 74 a 75).

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Requisitos para la procedencia de la tutela sobre el derecho de petición
    • III.2. El principio de subsidiariedad del amparo
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
    • III.3. Sobre la concesión, denegatoria y la declaratoria de improcedencia del recurso de amparo constitucional
    • denegado
    • APRUEBA

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