Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0712/2007-R
Fecha: 15-Ago-2007
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Daniel Calvo Montes, presentando el memorial que cursa de fs. 131 a 132 vta. de obrados, se apersonó como tercero interesado y fundamentó sobre su derecho propietario privilegiado sobre el inmueble objeto del presente recurso, siendo que la demanda de amparo sólo se dirigió contra Sofía Rivero Choque y Delia Flores Rivero, no corriéndose ninguna notificación al tercero interesado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- “denegó”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado
- a través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos,
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados,
- III.3.
- “denegado”
- APRUEBA