SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0712/2007-R
Fecha: 15-Ago-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente señala que adquirió un lote de terreno en la zona Irpavi de la ciudad de La Paz del que tomó posesión pacífica, pero no pudo ocupar el mismo porque no reunía las condiciones necesarias para ser habitada; empero, mientras tramitaba ante el Gobierno Municipal de La Paz la autorización para la correspondiente demolición y realizar la nueva construcción, el “26” de julio de 2006, el inmueble fue ocupado por las recurridas, quienes ingresando en forma violenta rompieron las cerraduras y candados puestos por ella, ocupando su lote de terreno inclusive con sus hijos, quienes pese al requerimiento policial de desocupación, se negaron a ello indicando que no saldrían hasta que el anterior propietario les cancele una indemnización por el cuidado del lote; por lo que considera lesionado su derecho a la propiedad privada. Corresponde analizar, en revisión, si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- “denegó”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado
- a través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos,
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados,
- III.3.
- “denegado”
- APRUEBA