SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0724/2007-R
Fecha: 17-Ago-2007
detenido preventivamente
En el caso de autos y conforme a la jurisprudencia glosada, efectivamente el Juez Técnico correcurrido del Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto, se declaró incompetente para resolver el recurso de reposición interpuesto por el recurrente -recurso que tiene su respectivo trámite y resolución contenido en las normas del art. 402 del CPP- empero, ese irregular pronunciamiento del señalado Juez no está vinculado directamente con la privación de la libertad del recurrente, quien fue detenido preventivamente en virtud de la Resolución 24/05 de 9 de agosto de 2005 emitida por la Jueza de Instrucción de Achacachi, dentro del proceso penal seguido contra el recurrente por el Ministerio Público, por la supuesta comisión del delito de asesinato; encontrándose privado de libertad como consecuencia del proceso penal que se sigue en su contra y no como emergencia de esas presuntas irregularidades del debido proceso que también cuestiona en este recurso. Situación que determina la improcedencia del presente recurso de hábeas corpus en cuanto a este extremo.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. Traslado ilegal de una penitenciaría a otra
- Para la procedencia del hábeas corpus reparador es decisivo que se haya configurado una situación de privación de libertad física ilegal inobservando las formalidades esenciales, por ejemplo una detención ejecutada sin orden escrita, o resuelta por autoridad incompetente
- el hábeas corpus correctivo procede contra los actos lesivos a la integridad personal, integridad que debe entenderse en los planos físico, psicológico y moral, en estrecha conexión con la dignidad humana. Bajo esa perspectiva, no es obtener la libertad de la persona, sino que cesen los maltratos, estado de incomunicación, las condiciones de detención, inclusive de hospitalización que puedan considerarse inhumanas, humillantes y degradantes
- prohíbe que a los detenidos preventivamente se les imponga como sanción el traslado a establecimientos más rigurosos.
- III.3. Recurso de reposición no vinculado al derecho de libertad
- la protección que brinda el Recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
- a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
- detenido preventivamente