SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0724/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0724/2007-R

Fecha: 17-Ago-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 12 de julio de 2007 (fs. 23 a 26), el recurrente aduce que el Tribunal de Sentencia de Achacachi ordenó indebida e ilegalmente su traslado del penal de “San Pedro” de La Paz al penal de “San Pedro de Chonchocoro” de la ciudad de El Alto, que es un centro de detención de alta seguridad, agravando su situación de detención preventiva, y sin fundamento alguno -según asevera- por lo que presentó incidente de actividad procesal defectuosa absoluta, que fue ordenada se notifique a las partes, siendo su persona la única que respondió al incidente reiterando solicitud de resolución, pero -enfatiza- en virtud del receso judicial fue remitido el proceso al Tribunal de Sentencia de turno, que es el Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto, el que decretó que el citado incidente debía resolverse conforme lo determina el art. 345 del Código de Procedimiento Penal (CPP), contra ese proveído su parte planteó recurso de reposición el 2 de julio de 2007, y el Tribunal Cuarto de Sentencia emitió Resolución determinando que no tiene competencia para resolver el incidente por encontrarse en desarrollo de juicio.