Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2007-R
Fecha: 13-Sep-2007
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 3 de julio de 2007, Remberto Almendra Llano, abogado del ahora recurrente, solicitó al Director del establecimiento penitenciario de Palmasola, recurrido, dé cumplimiento al mandamiento de libertad emitido el 28 de junio de 2007, por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal con la advertencia de que en caso de incumplimiento haría uso de los recursos constitucionales que la ley le franqueaba (fs. 2).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Protección del recurso de hábeas corpus no obstante haber cesado la restricción a la libertad antes de la interposición del recurso
- III.2. Obligación de ejecutar el mandamiento de libertad librado por autoridad competente en un plazo razonable
- III.3. El caso en análisis
- REVOCAR