Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0751/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
II.3.
En la misma fecha, la Fiscal correcurrida señaló que encontrándose en calidad de aprehendidos los imputados por efectivos policiales de la FELCC y al no contar con los requisitos exigidos por el art. 302 del CPP, en aplicación del art. 228 del CPP los puso a disposición del Juez correcurrido para que defina su situación procesal (fs. 58).
- recurso de hábeas corpus
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- APROBAR