SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0754/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
II.2.
II.2. Por informe escrito presentado por el Capitán, Samuel Ortega Castrillo, Jefe Policial de San Julián, ahora correcurrido, señaló que el recurrente Agustín Llave Mamani, fue detenido como emergencia de haber sido implicado por los autores confesos de un caso de violación contra una menor de quince años y que al no haber sido encontrado, los comunarios de esa localidad lo condujeron hasta donde se encontraba habiendo procedido a su detención de la que dio parte al Fiscal ahora correcurrido, quien por su recargada labor y un bloqueo carretero producido el 23 de mayo de 2007, no pudo presentarse en esa localidad, por lo que se mantuvo al detenido precautelando su vida y el orden público que pudieran ser afectados ante un eventual linchamiento (fs. 4 a 5).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción a la subsidiariedad del hábeas corpus
- la subsidiariedad excepcional que rige a esta línea jurisprudencial, únicamente es aplicable cuando existe al menos una denuncia o investigación penal abierta contra esa persona, o que al momento de su aprehensión se lo haya sorprendido en la comisión de un delito flagrante
- Fragmento 11
- III.2.
- III.3. Caso de autos
- APRUEBA