SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0771/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0771/2007-R

Fecha: 27-Sep-2007

III.3.

III.3. Finalmente, con relación a la actuación del Juez Técnico del Tribunal de Sentencia de Copacabana, Juan Martínez Fuente, quien habría ordenado el traslado del representado del recurrente al penal de Chonchocoro, no es posible realizar ninguna consideración en resguardo de su derecho a la defensa, al no haber sido debidamente notificado por encontrarse en vacación judicial como representó el Oficial de Diligencias, y si bien esa omisión, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional, daría lugar a la nulidad de obrados hasta la notificación legal del recurrido, empero, al haber denunciado el recurrente otro acto ilegal provocado por la actuación del Juez Técnico, Medardo Vargas, miembro del Tribunal Cuarto de Sentencia de la ciudad de El Alto, y al haberse comprobado dicha actuación ilegal que lesionó el derecho a la libertad del representado del recurrente, por economía procesal corresponde conceder el recurso de hábeas corpus, con la finalidad de que esa autoridad se pronuncie sobre la solicitud del representado del recurrente que cabalmente está vinculada con la supuesta actuación ilegal de los Jueces del Tribunal de Sentencia de Copacabana.