Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1464/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.2.
II.2. Contra el mencionado fallo, los ahora recurrentes interpusieron recurso de apelación, y el 20 de diciembre de 2006, el Juez recurrido dictó el Auto de Vista confirmando en todas sus partes la Sentencia cuestionada, con costas en ambas instancias (fs. 47 y vta.), constando la correspondiente notificación a los recurrentes el 3 de enero de “2006” (fs. 48).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- I.
- AC 0156/2010-RCA
- aunque señaló los derechos supuestamente suprimidos, restringidos o amenazados,
- se ve imposibilitado de ingresar al análisis de fondo
- SC 0071/2010-R de 3 de mayo
- corresponde en estos casos, 'denegar' la tutela solicitada con la aclaración de que: 'no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada
- III.3.
- APROBAR