SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1468/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1468/2010-R

Fecha: 04-Oct-2010

i)

Fundando su Resolución en los siguientes puntos: i) El  acto en sí, no se dio dentro de una actividad propiamente del colegio como un actividad educativa, en todo caso es una actividad extracurricular como lo es el campamento que no se desarrollo dentro de las actividades propias y netas como reconoce el Reglamento del colegio Aleman “Mariscal Braun”; ii) Con relación al hecho del daño a la propiedad de los otros muchachos y a la posible sustracción de los aparatos tampoco importa una falta expresamente determinada en este Reglamento; al respecto el principio de legalidad prevista en el art. 16.IV de la CPEabrg, reconoce que la condena penal debe fundarse en una ley anterior al proceso, el principio de supremacía constitucional es aplicable a todas las materias y por ende al Derecho Administrativo Sancionador o al Derecho Disciplinario como se quiere llamar últimamente, al cual esta sometido el Régimen Disciplinario establecido en el Reglamento Interno del colegio “Mariscal Braun”; necesariamente para establecer una sanción o un castigo no solamente en el caso presente, sino en institución en vía administrativa o en vía jurisdiccional penal, la conducta tiene que estar tipificada adecuadamente, tiene que haber coincidencia entre el hecho que sucede y la norma que tipifica al hecho como falta reglamentaria y de esta falta adolece el Reglamento del colegio Alemán “Mariscal Braun”; y, iii) Entonces, la garantía formal está constituida por la existencia de una norma jurídica vigente de carácter general y expedida por un órgano competente, cual es, en este caso, los órganos de acuerdo a los Convenios Culturales y a las disposiciones propias del colegio Alemán, están facultados para elaborar y poner en vigencia un Reglamento Interno, lo que no ha previsto lo señalado, no correspondiendo en este caso la expulsión del alumno, en consecuencia se establece que si existe violación al derecho fundamental de la seguridad jurídica y al debido proceso en razón a que la expulsión ha sido realizada indebidamente, que no existe norma jurídica, en este caso, en la propia Reglamentación Interna del colegio Alemán “Marsical Braun”, que les faculte a los profesores determinar la expulsión del menor G.M.R.C. por los hechos que han sucedido.