SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1468/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
III.4. Análisis de la problemática planteada
En el caso de autos el accionante, refiere que los actos del Director del colegio Aleman “Mariscal Braun” ahora demandado, despúes de lograr la auto incriminación de un menor de 13 años y en base a esa declaración curiosamente prestada por el mismo menor, instauró un procedimiento ilegal y en una sola sesión de “juicio”, sin la asistencia de defensor que asista a su hijo, logró que el Consejo del curso P8A, ahora en su totalidad también demandados, voten por la expulsión de su hijo, sin haber tomado en cuenta que las figuras delictivas de hurto, robo o daño a propiedad de terceros, deben ser valorados por un juez ordinario competente, por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia o por un fiscal de materia y no así por el Director del colegio y los demás demandados que no tienen facultad para ello.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- Régimen Disciplinario del Reglamento Interno
- prevé en su inciso 3) que antes de esa decisión, vale decir la expulsión, “el respectivo alumno y sus padres tendrán la oportunidad de exponer sus puntos de vista
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- III.4.1.
- la adopción de una medida extrema requiere de una instancia
- APROBAR