Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1471/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Ante la renuncia de todos los Magistrados del Tribunal Constitucional, no se emitió Resolución; una vez designadas las nuevas autoridades por Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público y mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se reanudaron las labores jurisdiccionales, habiéndose procedido al sorteo de la presente causa, el 13 de julio de 2010; en consecuencia, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo
- el recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- III.3.2. En cuanto a "la seguridad jurídica"
- III.4. Análisis del caso
- actos administrativos
- REVOCAR