Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1471/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.3.
II.3. Mediante oficio SEMP 0530/2007 DGRE de 19 de junio de 2007, la Superintendencia de Empresas hace conocer al SIN que, mediante la RA SEMP 0059/2007 de 19 de junio, se admitió a "BOLSER Ltda.", para la celebración de acuerdos transaccionales con sus acreedores dentro de la reestructuración voluntaria; suspendiendo por un periodo de noventa días calendario con excepción de los procesos de naturaleza penal, todos los procesos judiciales, administrativos y arbitrales de contenido patrimonial iniciados en contra del deudor (fs. 218).
- el recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- III.3.2. En cuanto a "la seguridad jurídica"
- III.4. Análisis del caso
- actos administrativos
- REVOCAR