SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1494/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1494/2010-R

Fecha: 06-Oct-2010

concedió

Concluida la audiencia, el Juez de garantías por Resolución 06/2007 de 7 de diciembre, cursante de fs. 173 a 177, concedió el recurso  respecto al Alcalde de Viacha y deniega el Amparo respecto a los demás, disponiendo dejar sin efecto el Auto Motivado 01/2007, además de ordenar al ejecutivo que en el plazo de diez días se pronuncie sobre el recurso de revocatoria presentado, con los siguientes argumentos: a) La Resolución Municipal 033/2007, dispuso la resolución del contrato sin precisar los motivos de la rescisión de contrato, ni tampoco la contraprestación a la que estaba obligada la Alcaldía Municipal; b) El recurso de revocatoria fue presentado dentro del plazo, considerando los días adicionales en mérito de la distancia; asimismo, la Ley de Procedimiento Administrativo, es posterior a la ley de Municipalidades, y al determinar el art. 139 de la Ley LPA, que entre tanto se promulgue una disposición general de procedimientos administrativos, hace que la citada Ley, sea una Ley especial respecto al procedimiento administrativo.