SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1506/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1506/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

II.7.

II.7.  Neydi Dayana Faccio Carrasco, por memorial de 20 de junio de 2007, (fs. 69 y vta.) bajo el argumento de que la Sentencia debe ser ejecutada sobre los bienes de propiedad de los ejecutados, solicita al Juez Cuarto de Partido en lo Civil  y Comercial, la suspensión de remate, exclusión de inmueble de la fase de remate y se deje sin efecto mandamiento de embargo, puesto que el inmueble en cuestión es de propiedad de su persona y hermanos quienes no constituyen ejecutantes ni ejecutados. Este petitorio es resuelto por Auto de 30 de julio de 2007, emitido por Omar Carmona Miranda, Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, que declara no ha lugar lo solicitado con el argumento de que Neydi Dayana Faccio Carrasco, no es parte del proceso, además, de los antecedentes del proceso se evidencia que el gravamen registrado a favor de la ejecutante es de fecha anterior al derecho propietario de los hermanos Faccio Carrasco, por lo que en este caso conforme a los arts. 1360 y 1363.III del Código Civil (CC), la hipoteca constituida sobre bienes propios del deudor o de un tercero, como garantía de una deuda, confiere al acreedor hipotecario los derechos de persecución y preferencia (fs. 80 y vta.).