Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 13 de noviembre de 2007, algunos Concejales del municipio de Chaquí, censuraron al Alcalde Municipal, Luís Flores Coro, de manera irregular, realizando la sesión sin convocatoria pública y habiendo resuelto elegir como nueva autoridad edil a Francisco Condori Flores, quien destituyó a los ahora recurrentes de sus cargos, sin que éste haya sido legalmente designado como Alcalde de dicho Municipio, toda vez que la Resolución 057/07 de 13 de noviembre de 2007, no lleva las firmas del Presidente y del Secretario General del Concejo Municipal.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- nombramiento.
- III.3.2.Naturaleza del recurso de amparo y del recurso directo de nulidad y sus competencias
- APROBAR