SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

II.3.

II.3. A través de memorial de 30 de noviembre de 2007, dirigido a Francisco Condori Flores, Alcalde Municipal de Chaqui, los recurrentes, solicitaron que, reconsidere su acto de usurpación de funciones y deje sin efecto los memorándums de agradecimiento de servicios que se les otorgó (fs. 8 y vta.); en respuesta, el recurrido, por nota de 3 de diciembre del referido año, expresa que no es de incumbencia de los recurrentes cuestionar la legalidad o no de su nombramiento y que la determinación de sus actos, respecto a que si son o no considerados como usurpación de funciones, son de competencia de las autoridades judiciales y del Ministerio Público, así también, indica que los memorándums de agradecimiento que se les entregó, son en mérito a las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado, la Ley de Municipalidades y las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal (fs. 9).