Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 19 de 28 de diciembre de 2007, cursante de fs. 97 a 100 vta., pronunciada por el Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de Betanzos del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Nilton Javier Córdova Flores y Juan David Villca Aguilar, contra Francisco Condori Flores, Alcalde municipal de Chaqui, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo, a ejercer funciones públicas y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y d), 16.IV y 40.2 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- nombramiento.
- III.3.2.Naturaleza del recurso de amparo y del recurso directo de nulidad y sus competencias
- APROBAR