SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1526/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
a)
El abogado de la Aduana Nacional de Bolivia, Ernesto Aranibar Calancha, a su turno prestó informe oral en audiencia manifestando: a) No se especifica que quieren que se les devuelva, ya que la mercadería es de varias personas y la Resolución de rechazo dispone la devolución de la mercadería consistente en electrodomésticos a sus propietarios, no señala a Cándida Apaza; b) El informe técnico de la Aduana “243”, ha establecido que ninguno de los itemes decomisados tiene respaldo legal, y, c) Se ha pedido al Juez cautelar la tutela jurisdiccional de la mercadería, estando pendiente de resolución, por lo que el Tribunal de Garantías no podría resolver algo que el Juez en su momento vaya a definir.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- 1)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- es pertinente exponer que este Tribunal Constitucional ha resuelto problemas similares; vale decir, situaciones en las cuales propietarios de vehículos reclamaban el incumplimiento, por parte de funcionarios de la Aduana Nacional
- SC 0557/2010-R
- III.4. Análisis del caso concreto
- solicitud de devolución de mercadería por parte de la accionante Cándida Apaza Condori ante la Aduana Nacional Regional Oruro
- Cándida Apaza Condori
- POR TANTO
- 2º