SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1526/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
solicitud de devolución de mercadería por parte de la accionante Cándida Apaza Condori ante la Aduana Nacional Regional Oruro
Es recién a partir de esa fecha que cursan antecedentes sobre la solicitud de devolución de mercadería por parte de la accionante Cándida Apaza Condori ante la Aduana Nacional Regional Oruro, en fecha 26 de agosto de 2007, la cual fue respondida por escrito por la indicada entidad estatal, mediante proveído GROGR ULEOR 094/2007 de 6 de septiembre, por el que señala que “toda la mercancía motivo de la acción es indocumentada, es decir de contrabando, extremo que imposibilita a la administración aduanera proceder a la devolución de mercadería indocumentada”. Motivo por el cual, el 12 de diciembre interpone amparo constitucional contra Mario Quiroga Morales y Eva María Mujica Zubieta, Gerente y Jefe de la Unidad Legal a.i., respectivamente, de la Aduana Regional Oruro, es decir, quienes suscriben dicha nota de respuesta.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- 1)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- es pertinente exponer que este Tribunal Constitucional ha resuelto problemas similares; vale decir, situaciones en las cuales propietarios de vehículos reclamaban el incumplimiento, por parte de funcionarios de la Aduana Nacional
- SC 0557/2010-R
- III.4. Análisis del caso concreto
- solicitud de devolución de mercadería por parte de la accionante Cándida Apaza Condori ante la Aduana Nacional Regional Oruro
- Cándida Apaza Condori
- POR TANTO
- 2º