SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1526/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
concedió
A través de la Resolución 12/2007 de 19 de diciembre, cursante de fs. 83 a 86, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de garantías concedió el recurso, disponiendo que los funcionarios ahora recurridos den cumplimiento a las resoluciones emitidas por el Fiscal de Materia así como del Fiscal de Distrito que determinan la devolución de la mercadería incautada, previa acreditación del derecho propietario, con los fundamentos siguientes: i) El rechazo de la denuncia o querella promovida por la Aduana Nacional Regional Oruro, importa la inexistencia de delito alguno, vale decir que importa la inexistencia jurídicamente considerada de la referida denuncia o querella; ii) Ante las resoluciones dictadas por el Fiscal de Materia y el Fiscal de Distrito de Oruro por las que se determinó el rechazo de la denuncia o querella formulada por la Aduana Nacional Regional Oruro sobre la presunta comisión del delito de contrabando contra Abraham Mamani Mamani y Cándida Apaza Condori, éstos solicitaron que en cumplimiento de dichas resoluciones, se proceda a la devolución de su mercadería retenida por la mencionada entidad, pero los recurridos no lo hicieron, expidiendo el proveído CORCU 094/2007, de 6 de septiembre, por el que determinaron no proceder a la devolución demandada por la ahora recurrente, bajo el argumento de que dicha mercadería es indocumentada, es decir de contrabando, viéndose imposibilitados de atender aquella solicitud; y, iii) En el presente caso, se evidencia que al no haberse dado cumplimiento a las determinaciones del Ministerio Público a las que se ha hecho referencia, las autoridades hoy recurridas han conculcado los derechos que la recurrente invoca en el memorial de demanda.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- 1)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- es pertinente exponer que este Tribunal Constitucional ha resuelto problemas similares; vale decir, situaciones en las cuales propietarios de vehículos reclamaban el incumplimiento, por parte de funcionarios de la Aduana Nacional
- SC 0557/2010-R
- III.4. Análisis del caso concreto
- solicitud de devolución de mercadería por parte de la accionante Cándida Apaza Condori ante la Aduana Nacional Regional Oruro
- Cándida Apaza Condori
- POR TANTO
- 2º