Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1534/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.3.
II.3. El 27 de junio de 2007, la recurrente presentó ante el Alcalde Municipal de Bermejo, memorial por el que solicitó se le restituya e reincorpore a su cargo de Administradora del Gobierno Municipal de Bermejo, indicando que el anterior ejecutivo y la Jefa de Recursos Humanos tenían conocimiento de su estado de gestación, por lo que al gozar de las prerrogativas que la ley le franquea, no puede ser despedida ni destituida de su cargo (fs. 8).
- recurso, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- "
- III.2.
- inamovilidad laboral
- de los progenitores
- madre y padre progenitores que trabajen en el sector público o privado
- I.
- permanentes o eventuales
- contratos a plazo fijo
- también podemos hablar de estabilidad laboral, si al vencimiento del término correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado
- III.4. Análisis del caso concreto
- al haberse procedido al despido de una funcionaria pública en vigencia de un contrato de trabajo, a lo que se añade que aquélla se encontraba embarazada,
- APROBAR