SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1534/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
inamovilidad laboral
Del desarrollo constitucional y normativo precedente se establece que la mujer trabajadora en estado de gravidez goza de la protección constitucional y legal. Entre los derechos protegidos están el trabajo y la garantía de la inamovilidad laboral de la mujer embarazada y del hombre progenitor. En ese sentido, la mujer embarazada, por previsión del art. 45.V de la CPE, tiene: "…derecho a la maternidad segura, con una visión y práctica intercultural; gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en los periodos prenatal y posnatal". A su vez, el art. 48.VI de la CPE, señala que: "…Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año edad" (las negrillas y el subrayado nos corresponden); es decir, comprende tanto a la mujer o varón trabajadores.
- recurso, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- "
- III.2.
- inamovilidad laboral
- de los progenitores
- madre y padre progenitores que trabajen en el sector público o privado
- I.
- permanentes o eventuales
- contratos a plazo fijo
- también podemos hablar de estabilidad laboral, si al vencimiento del término correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado
- III.4. Análisis del caso concreto
- al haberse procedido al despido de una funcionaria pública en vigencia de un contrato de trabajo, a lo que se añade que aquélla se encontraba embarazada,
- APROBAR