SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1534/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que sus derechos a la vida, a la salud, al trabajo y a la seguridad social fueron vulnerados por la autoridad municipal demandada, pues pese a que fue ratificada el 2 de abril de 2007, en su puesto de trabajo, extrañamente tres meses después encontró en su escritorio a otro funcionario que fue designado en el cargo que ella desempeñaba como Jefa del Departamento Administrativo del Gobierno Municipal de Bermejo, lo que implica tácito despido, pese a encontrarse embarazada, lo que era de cocimiento de la Jefa de Recursos Humanos y del propio Alcalde, de manera que, amparada en la Ley 975 de 2 de marzo de 1988, solicitó su reincorporación y restitución al cargo que ejercía, pero su petición no fue tramitada y menos resuelta. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- "
- III.2.
- inamovilidad laboral
- de los progenitores
- madre y padre progenitores que trabajen en el sector público o privado
- I.
- permanentes o eventuales
- contratos a plazo fijo
- también podemos hablar de estabilidad laboral, si al vencimiento del término correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado
- III.4. Análisis del caso concreto
- al haberse procedido al despido de una funcionaria pública en vigencia de un contrato de trabajo, a lo que se añade que aquélla se encontraba embarazada,
- APROBAR