SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

En caso de que la accionante crea haber sido afectada en mayores daños y perjuicios, puede recurrir a la vía legal correspondiente, pues no es función del Tribunal Constitucional, hacer valer pretensiones que tergiversen el espíritu de la acción de amparo constitucional y, cual es el restablecer el derecho vulnerado de la accionante, de conformidad con el AC 005/2010-CDP de 29 de marzo.