SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

i)

Mediante informe escrito, cursante de fs. 234 a 239 vta., las recurridas, a través de su representante legal, a momento de acreditar su personería, señalaron: i) Existe falta de subsidiariedad, por tanto corresponde el rechazo in limine del presente recurso; ii) La recurrente, tenía un contrato civil, no laboral con la empresa “COSMET”; por otra parte, se evidencia que la actora, contaba con el seguro de salud de su esposo en la Clínica Siraní, por cuenta del Colegio de Abogados; además, es de conocimiento de todos la existencia del Seguro Universal Materno Infantil (SUMI), seguro que corre por cuenta del Estado y que cubre el binomio madre-niño; iii) Al no haberse reincorporado a su fuente de trabajo, asumiendo que se tratara de una relación laboral, pasados los cuarenta y cinco días después del alumbramiento, la recurrente ha hecho abandono de trabajo, conforme el art. 16 inc. d) de la Ley General del Trabajo (LGT); y, iv) No habiendo demostrado la recurrente, mediante resolución dictada por autoridad competente, el tipo de relación contractual que sostiene con las recurridas, no puede pedir, a través del recurso de amparo constitucional, su reincorporación a su supuesta fuente laboral y el pago de supuestos sueldos; toda vez, que existe la vía ordinaria laboral, y por ende, al no ser este recurso sustitutivo de los recursos ordinarios, no puede activarse la competencia constitucional.