SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
concede
Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 183 de 7 de diciembre de 2007, cursante de fs. 194 vta. a 195 vta., que concede la tutela, (disponiendo la nulidad del Auto de 17 de noviembre de 2006, y por consiguiente se tramite el incidente determinado por el decreto de 3 de octubre del mismo año, aunque no lo señala la Resolución, pero lo dispone en la audiencia a momento de fundamentar el voto), con los fundamentos de que la notificación efectuada con la planilla de costas en el domicilio procesal señalado, es válida; y la observación que efectuó el Banco Ganadero S.A., abrió el trámite incidental que no fue notificado a la parte contraria para que conteste y sin esa contestación, el Juez recurrido dictó el Auto de 17 de noviembre de 2006; es decir, sin tramitar dicho incidente, por lo cual restableciendo el debido proceso, con la nulidad del Auto impugnado, se tramitará el incidente corriendo traslado a la parte contraria.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- i)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Efectos procesales sobre la admisión y consideración en el fondo de una acción amparo constitucional que no cumple con los requisitos de admisibilidad
- III.5. La legitimación pasiva de los demandados con la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- III.6. El caso en examen
- concedido
- REVOCAR