SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
Fragmento 21
De los antecedentes procesales, se constata que dentro del fenecido proceso penal seguido por el Banco Ganadero S.A., representando por los ahora accionantes; en ejecución de sentencia, el absuelto solicitó la regulación de costas procesales, faccionándose al efecto, la respectiva planilla de costas, con la que denuncian, haber sido notificado el abogado que patrocinó a la entidad bancaria en el proceso concluido, pero que a momento de practicarse dicha diligencia, había dejado de serlo, por lo cual, devolvió los actuados con dicha notificación al Juez de la causa, haciéndole conocer la actividad procesal defectuosa, pidiendo se regularice procedimiento, que mereció la providencia por la cual se da por válida la notificación. Es así, que posteriormente, el 2 de octubre de 2006, la entidad bancaria, observó la planilla de costas, disponiendo el Juez de la causa por providencia de 3 del mismo mes y año se corra en traslado a la parte contraria para que conteste en el término de tres días; sin embargo, sin cumplirse dicha diligencia el absuelto Filiberto Rojas Ríos, el 16 de noviembre del mismo año, solicitó la aprobación de las costas procesales, al no haber sido objetada la planilla faccionada, como en efecto ocurrió, ya que el Juez de la causa emitió el Auto de 17 del citado mes y año, aprobando la planilla de costas, fuera del plazo legal para dictar resolución, es decir sin competencia, lo que motivó que en 22 de diciembre del referido año, el representante del Banco Ganadero, plantee incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa, señalando haberse enterado extraoficialmente de la emisión del Auto de 17 de noviembre del mismo año, que fue rechazado mediante el Auto de 28 de agosto de 2007, Resolución contra la cual, el ahora accionante, representante de la entidad bancaria, interpuso recurso de apelación incidental, que fue declarado inadmisible por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- i)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Efectos procesales sobre la admisión y consideración en el fondo de una acción amparo constitucional que no cumple con los requisitos de admisibilidad
- III.5. La legitimación pasiva de los demandados con la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- III.6. El caso en examen
- concedido
- REVOCAR