SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.1.
II.1. Dentro del fenecido proceso penal seguido por el Banco Ganadero S.A. contra Filiberto Rojas Ríos, por la presunta comisión de los delitos de desobediencia a la autoridad y destrucción de cosas propias para defraudar, al haber sido absuelto el imputado; en ejecución de sentencia, el imputado solicitó regulación de las costas procesales, habiéndose elaborado la planilla respectiva, con la fue notificado en 7 de septiembre de 2006, el abogado patrocinador en dicho proceso, Abel Montaño Cuéllar, en su bufete, el cual señaló como domicilio procesal, quien por memorial presentado el 20 del mismo mes y año, hace conocer actividad procesal defectuosa y pide se regularice procedimiento, arguyendo que a la conclusión del proceso dejó de ser patrocinador de la entidad bancaria ni era su apoderado, por lo que devolvía la errónea notificación por cédula, mereciendo la providencia de 21 de septiembre de 2006, que considera válida la notificación efectuada (fs. 95 a 98; y 36 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- i)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Efectos procesales sobre la admisión y consideración en el fondo de una acción amparo constitucional que no cumple con los requisitos de admisibilidad
- III.5. La legitimación pasiva de los demandados con la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- III.6. El caso en examen
- concedido
- REVOCAR