SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2010

Fecha: 11-Oct-2010

I.1.1. Hechos que motivan

Los recurrentes, en el memorial presentado el 11 de enero de 2008, cursante de fs. 53 a 59 vta., manifiestan que en ejercicio del mandato del 2004 al 2008, la Fraternidad Reyes Morenos “Ferrari Ghezzi”, citan a la asamblea de socios para el 14 de abril de 2007, para la rendición de cuentas de las gestiones 2005, 2006 y 2007 y varios; sin embargo, dicho acto no se instaló por no tener el quórum correspondiente, encontrándose 36 socios de 300, entonces un grupo de 15 personas empezó a vociferar para cambiar al directorio  y a pedido de este grupo en presencia del presidente de la Asociación de Conjuntos  Folclóricos de Oruro que apareció en el escenario sin haber sido invitado, se instala la asamblea y lleva adelante un acto eleccionario sin observar los mecanismos electorales de la fraternidad y de la Asociación de Conjuntos Folclóricos de Oruro, eligiendo a Luz María García e Iver Tapia, como miembros de un nuevo directorio de la Fraternidad Reyes Morenos “Ferrari Ghezzi”, resultando un directorio paralelo al ya existente, acto que fue reclamado y observado por Emigdio Calderón y su directorio.

Relatan que, posteriormente al acto ilegal se remiten a la Asociación de Conjuntos Folclóricos de Oruro diversas notas de desconocimiento, rechazo y de oposición a ese acto eleccionario y su posesión realizado el 19 de abril de 2007, mereciendo como respuesta la Resolución 094/2007 de 6 de mayo, por el que les hacen conocer que en la asamblea de 14 de abril, que la directiva elegida no cumplió con los requisitos exigidos, concediéndoles veinticuatro horas, para la presentación del acta de elección o el acto de posesión queda sin efecto; y al no haberse presentado la misma, queda ratificada la directiva a la cabeza de Emigdio Guillermo Calderón Colque; empero, el 11 de agosto de 2007, la Asociación de Conjuntos Folclóricos de Oruro, hace conocer a la opinión pública mediante publicación de prensa de la suspensión preventiva de Emigdio Guillermo Calderón Colque, como presidente de la Fraternidad Reyes Morenos “Ferrari Ghezzi” y miembro del directorio de la Asociación de Conjuntos Folclóricos de Oruro.

Indica que, en una actitud de desconocimiento de la propia Resolución de la Asociación de Conjuntos Folclóricos de Oruro 094/2007 de 6 de mayo, en el periódico La Patria en fechas 5 de septiembre y 24 de octubre del referido año, publican como legal la posesión de 19 de abril de 2007, que ya había sido anulada, reconociendo al directorio encabezado por Luz María García Valdivia; por lo que, extrañados por esta actitud y a fin de aclarar el mandato de Emigdio Guillermo Calderón Colque, mandaron a la Asociación de Conjuntos Folclóricos de Oruro oficios de 1, 16, 27 y 30 de octubre y de 6 de noviembre de 2007, notas que jamás merecieron respuesta inclusive se pidió certificación mediante requerimiento fiscal, que tampoco mereció respuesta, conducta que vulnera el derecho a la petición, a la seguridad jurídica y a la defensa.