SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2010

Fecha: 11-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Los recurrentes, ahora accionantes, denuncian la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la petición y a la defensa, aduciendo que el 14 de abril de 2007 en ejercicio de su mandato como Directorio de la Fraternidad Reyes Morenos “Ferrari Ghezzi” se convocó a una asamblea para rendir cuentas de las gestiones 2005, 2006 y parte del 2007; empero, vulnerando la normativa que rige a la fraternidad y de la Asociación de Conjuntos Folclóricos de Oruro se procedió a la elección de un nuevo Directorio sin estar agendada en el orden del día, la que posteriormente fue convalidada por la Asociación de Conjuntos Folklóricos de Oruro, a pesar de los reclamos e impugnaciones de la ilegalidad del acto por el accionante, sin que nunca haya merecido respuesta alguna del presidente de la Asociación de Conjuntos Folclóricos de Oruro y más bien haber sido suspendido de sus funciones sin ser notificado legalmente. Corresponde dilucidar  en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.