SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2010
Fecha: 11-Oct-2010
recurso d
En revisión la Resolución 02/2008 de 19 de enero, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, cursante de fs. 120 a 126, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Emigdio Guillermo Calderón Colque, Lidia Rosario Soliz Feraudi, Judith Rocabado Arancibia de Vargas, Eusebio Freddy Toro Portillo, Gabriel Francisco Mora y Lucio Mamani Copa, representantes de la Fraternidad Reyes Morenos “Ferrari Ghezzi” contra Ascanio Justiniano Nava Rodríguez y Jacinto Quispaya Sanchez, Presidente y Vicepresidente de la Asociación de Conjuntos Folclóricos de Oruro, y Luz María García Valdivia e Iver Denis Tapia Velasco, Presidente y Vicepresidente de la Fraternidad Reyes Morenos “Ferrari Ghezzi” (paralelo), alegando la vulneración de sus derechos a la petición, a la seguridad jurídica y a la defensa, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y h) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso d
- I.1.1. Hechos que motivan
- 1)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- el derecho de petición no es únicamente exigible a funcionarios o autoridades públicas,
- el derecho de petición es oponible ante las entidades privadas en determinados casos
- En cuanto al derecho a la defensa,
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR