SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1601/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1601/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Las recurrentes, alegan que se vulneraron los derechos de sus representados, al trabajo, a una remuneración justa por su trabajo y a la petición, por cuanto refieren que fueron contratados en el mes de marzo de 2007 y despedidos en abril y mayo de la mismo año, sin que medie motivo justificado para ello o proceso preliminar en el que se hubiere determinado faltas cometidas, como tampoco se emitió el pre aviso respectivo. Acudieron ante el Ministerio de Trabajo y dirigieron varias cartas notariadas al Director del “Hospital Quillacollo”, solicitando la restitución a sus fuentes de trabajo y tampoco merecieron respuesta. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de los recurrentes a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.