SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1629/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
La recurrente, mediante el escrito presentado el 28 de septiembre de 2007, cursante de fs. 63 a 65, manifestó que, el 17 de junio de ese año, un grupo de loteadores, de aproximadamente 60 personas, dirigidos por los particulares recurridos, procedieron a sustraer todos los alambres de púas y postes de cuchis que delimitaban cada manzana, avasallando los lotes de propiedad del recurrente, ubicados en el Plan 3000, denominados Urbanización “TURERE”, registrados en Derechos Reales de Santa Cruz, bajo la matrícula 7105000. Posteriormente comenzaron a construir viviendas precarias (chozas) en los manzanos. 10, 11, 14, 15, 16, 22 y 24, negando el paso a quien reclame derecho propietario legítimo, amenazando con palos, ladrillos y otros objetos contundentes que llegaron a lesionar a las personas que se apersonaron con documentos de propiedad.
Arguye que, a los tres días de ocurrido el hecho, denunció los agravios sufridos ante las oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) del Plan 3000, ya que día tras día, los llamados loteadores, introducían más gente a sus terrenos, habiendo tomado el absoluto control del lugar, llegando incluso a reventar cohetes en los manzanos 10, 11 y 14, en cuanto veían a cualquier desconocido, incluso gente que se encontraba de paso, e inmediatamente se reunían para amedrentarlos, por lo que consideró que en sus lotes avasallados, se había perdido el Estado de derecho, habiéndosele vulnerado de manera flagrante su derecho a la propiedad privada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- no se encontraban cumpliendo con la función social
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.4. El principio de subsidiariedad y sus excepciones
- salvo que la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales ocasione perjuicio irremediable e irreparable”
- se excluyen de la excepción al principio de subsidiaridad, que se da cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable, en cuya situación y de manera excepcional, procede la tutela demandada, aún existan otros medios de defensa y recursos pendientes de resolución
- III.5. El caso analizado y la acción de amparo constitucional frente a medidas de hecho
- APROBAR