SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1629/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.1.
II.1. A fs.1 y vta., cursa la inscripción del derecho propietario en DD.RR. de Santa Cruz, a nombre de Heri Ronald Aliaga Monroy, corroborada por la certificación del Sub Registrador de dicha institución (fs. 2 y vta.), en la que indica la superficie de los terrenos y el nombre del recurrente como propietario; a fs. 6, se encuentra la certificación emitida por el Gobierno Municipal de Santa Cruz, ante el Fiscal de Materia, dando fe de la existencia de la Urbanización “TURERE”; a fs. 7, se halla presente el folio real del fundo rústico, cantón El Palmar, bajo el asiento 2, matrícula 7011050000939, consignada a nombre del recurrente, que mediante informe del Auxiliar de la oficina de DD.RR. de Santa Cruz (fs. 8), se confirmó que el recurrente se encuentra como propietario de los terrenos asentados en el folio real con matrícula 7011050000939, el 5 de enero de 1998.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- no se encontraban cumpliendo con la función social
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.4. El principio de subsidiariedad y sus excepciones
- salvo que la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales ocasione perjuicio irremediable e irreparable”
- se excluyen de la excepción al principio de subsidiaridad, que se da cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable, en cuya situación y de manera excepcional, procede la tutela demandada, aún existan otros medios de defensa y recursos pendientes de resolución
- III.5. El caso analizado y la acción de amparo constitucional frente a medidas de hecho
- APROBAR