SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1658/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 02/2008 de 25 de febrero, cursante de fs. 180 a 182 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Juan Carlos Rocha Rocha contra Walter Humérez, Andrés Huayllas, Enrique Flores, Abel Oña e Ivonne Flores, Presidente y miembros de la Comisión Calificadora para optar al cargo de Director Departamental de Educación de Potosí; y Germán Jiménez Lora, Gabriela Fernández Wieler y Willy Ortega Pantoja, miembros de la Comisión Nacional de Concurso de Méritos y Exámenes de Competencia, alegando la vulneración de sus derechos a la igualdad, a la dignidad, a la "seguridad jurídica", al trabajo, a la petición, a la presunción de inocencia, a la defensa y la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 6.I y II, 7 incs. a), d) y h), y 16.I, II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- DENEGÓ
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.Sobre la seguridad jurídica
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR