SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1732/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1732/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

denegando

La Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, emitió la Resolución 06/08 de 11 de abril de 2008, cursante de fs. 257 a 258 vta., denegando la tutela, sin responsabilidad para el recurrente por ser excusable, con el siguiente fundamento: i) La Presidencia Ejecutiva de la Aduana Regional La Paz, conforme al art. 44 inc. 2) del EFP, procedió a la destitución del recurrente Adhemar Avalos Ortiz del cargo de Sub Administrador III de la Aduana Desaguadero, el 5 de septiembre de 2007, en aplicación del art. 107 inc. g) del Reglamento de Personal de la Aduana Nacional de Bolivia, debido al abandono de sus funciones por el periodo de tres días hábiles consecutivos, habiendo el recurrente interpuesto recurso de revocatoria y jerárquico contra esta determinación; ii) En antecedentes consta que a efectos de establecer responsabilidad administrativa civil y penal, conforme a la Ley de Administración y Control Gubernamental y Decretos Reglamentarios, el 12 de noviembre de 2007, se inició el respectivo proceso, habiéndose establecido responsabilidad administrativa contra el ex servidor público; y, iii) La resolución dictada por la Superintendencia del Servicio Civil de 18 de diciembre de 2007, por la que se ratifica la decisión de retiro, tuvo presente que la destitución del recurrente se enmarcó a la normativa del Estatuto del Funcionario Público y del Reglamento de Personal de la Aduana Nacional de Bolivia, estableciéndose que en el presente caso no se han vulnerado derechos y garantías constitucionales demandadas por el recurrente, por lo que se hace improcedente esta demanda.