Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1732/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.4.
II.4. El 10 de septiembre de 2007, el recurrente solicitó al Presidente Ejecutivo a.i. de la Aduana Nacional, la revocatoria del memorándum 0350/07 de destitución (fs. 12); sin embargo, la autoridad recurrida, en respuesta al recurso de revocatoria, ratificó el memorándum 350/07 (fs. 13); por lo que el 24 del mismo mes y año, el demandante planteó recurso jerárquico (fs. 21 a 22).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. Análisis del caso de autos
- habiendo dictado la Resolución con la debida fundamentación y motivación, sobre el por qué determinó confirmar la determinación impugnada por el accionante
- se le inicio proceso sumario interno, dictándose en principio el Auto Inicial de Proceso Sumario de 12 de noviembre de 2007
- APROBAR