SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1732/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
se le inicio proceso sumario interno, dictándose en principio el Auto Inicial de Proceso Sumario de 12 de noviembre de 2007
Por otra parte del análisis de las pruebas presentadas por las partes en la presente acción se evidencia que al accionante como ex servidor público se le inicio proceso sumario interno, dictándose en principio el Auto Inicial de Proceso Sumario de 12 de noviembre de 2007, seguidamente se dictó por el Sumariante la Resolución AN-GEGPC-SM 213/2007 de 6 de diciembre de 2007, donde se establece responsabilidad administrativa de Adhemar Avalos Ortiz, ex servidor y administrador de Aduana Desaguadero, por contravenciones al ordenamiento jurídico administrativo contenido en los arts. 8 incs. b) y d) del EFP; 147 inc. f) y 148 incs. h) y m) del Reglamento de Personal de la Aduana Nacional y 14 incs. f) y j) del Código de Ética de la Aduana Nacional, el mismo para fines de registro; consiguientemente las causales de este proceso son diferentes al que dio origen al memorándum de retiro que fue por inasistencia a su fuente de trabajo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. Análisis del caso de autos
- habiendo dictado la Resolución con la debida fundamentación y motivación, sobre el por qué determinó confirmar la determinación impugnada por el accionante
- se le inicio proceso sumario interno, dictándose en principio el Auto Inicial de Proceso Sumario de 12 de noviembre de 2007
- APROBAR