SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1739/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 1
En revisión la Resolución 15/2008 de 27 de marzo, cursante de fs. 115 a 118 pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de la Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por María Candelaria Uria Villazón contra Rolando Mendoza Patiño y Ximena Echenique Escobar, Oficial Mayor y Asesora Legal, respectivamente ambos de la oficialía Mayor de Desarrollo Humano del Gobierno Municipal de La Paz, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo, al comercio, a la presunción de inocencia y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y d) y 16.I y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió en parte
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. El Sistema de Contratación de Bienes, Servicios y Servicios de Consultoría en la Administración Pública
- III.4. La anulación de los procesos de contratación en el Sistema de contratación de Bienes y Servicios
- POR TANTO
- 2º