Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1739/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
Ante la renuncia de los Magistrados del Tribunal Constitucional, éste se quedó sin el quórum para la resolución de causas; que conforme a lo dispuesto por la Ley 003/2010 de 13 de febrero, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, se designa a nuevos Magistrados, reanudándose las labores jurisdiccionales, disponiéndose mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se proceda a nuevo sorteo, efectuándose el mismo el 7 de septiembre de 2010, por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió en parte
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. El Sistema de Contratación de Bienes, Servicios y Servicios de Consultoría en la Administración Pública
- III.4. La anulación de los procesos de contratación en el Sistema de contratación de Bienes y Servicios
- POR TANTO
- 2º