Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1752/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
denegado
Por consiguiente, la situación planteada respecto a los derechos de los representados de la acción, invocados como lesionados, no es susceptible de protección directa a través de la acción de amparo constitucional; por cuanto, el Tribunal de garantías, al haber denegado la tutela impetrada, aunque con otros fundamentos, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso, de conformidad a las Sentencias Constitucionales detalladas precedentemente y actualmente sostenidas.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1.
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR